Los principales presidenciables de la oposición no se pueden inscribir ante el CNE

Los principales presidenciables de la oposición no se pueden inscribir ante el CNE

La mayoría de los principales presidenciables de la oposición no pudiesen competir en una eventual elección en 2024 para escoger al Jefe del Estado venezolano si antes no logra un acuerdo que permita revertir las inhabilitaciones políticas.

A la fecha los precandidatos Henrique Capriles Radonski, Juan Guaidó, Delsa Solorzano y Carlos Paparoni sufren procesos activos de inhabilitación política.

En el caso de María Corina Machado, aunque su inhabilitación culminó en 2017, en este momento está impedida de postular a cargos de elección popular.

La inhabilitación como estrategia electoral
Es necesario recordar que el Sistema Automatizado de Postulaciones (SAP) del Consejo Nacional Electoral impide que los ciudadanos con objeciones o inhabilitados por la Contraloría General de la República (CGR) puedan postularse a cargos de elección.

Una práctica que comenzó en el año 2006 cuando se conoció la “Lista Russián”, un grupo de políticos opositores que fueron impedidos de ocupar cargos en la administración pública al recibir penas accesorias por parte de la Contraloría General de la República. Esta lista, comenzó a cimentar la práctica, primero del chavismo y después del madurismo, de escoger quiénes de sus adversarios pueden competir en procesos electorales.

Desde el año 1973 el CNE —en aquel entonces llamado Consejo Supremo Electoral— utiliza una tabla de objeciones para conocer el estatus legal de los ciudadanos para precisar si pesa sobre ellos una sentencia judicial definitivamente firme que limite sus derechos políticos.

A partir de la aparición de la Lista Russián en 2006 el CNE amplió la categoría “inhabilitado político”, para construir tres nuevas clasificaciones: inhabilitado político, inhabilitado para ejercer funciones públicas e inhabilitado por interdicción civil.

Por esta razón (y en contra de la Ley) la tabla de objeciones del CNE incluye dos tipos de sanciones: inhabilitado político, identificado en la tabla de objeciones con el código 7 y el inhabilitado administrativo, identificado con el código 8.

La diferencia entre estas dos categorías es que los ciudadanos catalogados con el “código 8”, aunque no pueden inscribirse como candidatos, pueden ejercer el derecho al voto. Ningún ciudadano que sea catalogado con el código 7 o con el código 8 podrá postularse a cargos
Los ciudadanos que tienen el código 7 no pueden votar, ni ser elegidos; sin embargo, quienes tienen el código 8 se les permite votar, pero no postularse a cargos de elección popular.

Esta facultad de la Contraloría General de la República está fundamentada en el artículo 105 de la ley que la regula. Este artículo otorga a su máxima autoridad, el Contralor General de la República, la posibilidad de imponer las inhabilitaciones para el ejercicio de los cargos públicos por hasta un máximo de quince años. La aplicación de este mecanismo es una medida administrativa que impide a los inhabilitados ejercer plenamente sus derechos políticos durante ese tiempo.

Esta facultad del Contralor General de la República está en contradicción con la Constitución, que en sus artículos 42 y 65 señala que el ejercicio de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por una sentencia judicial firme en los casos que determine la ley. En el mismo sentido, es contraria al artículo 23.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, cuyo texto reconoce como legítimas las limitaciones a los derechos políticos que estén fundadas en una condena dictada por el juez competente en un proceso penal en el que se le imponga al condenado la pena accesoria de inhabilitación política.

De hecho, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos decidió el 20 de noviembre de 2015 que el artículo 105 de la Ley de la Contraloría viola el Pacto de San José porque «se refiere a una restricción impuesta por vía de sanción, (cuando) debería tratarse de una “condena, por juez competente, en proceso penal”.

El juzgado con sede en San José, Costa Rica, exigió a Venezuela que eliminara esa figura y que les permitiera a los afectados participar en todo proceso electoral. Ninguno de estos mandatos ha sido cumplido.

Por otra parte, la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea en su informe sobre los comicios municipales y regionales de 2021 denunció que el CNE debió rechazar 27 candidaturas en el marco de las elecciones regionales y municipales de 2021 debido a inhabilitaciones políticas impuestas por la Contraloría General de la República. Esta actuación impactó desproporcionadamente a los partidos políticos disidentes del gobierno, como es el caso del Partido Comunista de Venezuela, con 15 inhabilitaciones, y los partidos de oposición reunidos en la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), que recibieron al menos tres inhabilitaciones.

Una de las siete recomendaciones principales de la Unión Europea después del proceso electoral de 2021 se enfoca en exhortar al Estado venezolano a reforzar la separación de poderes (…) evitando la invasión de las competencias del Poder Electoral”.
En su informe, la Unión Europea resaltó que es “necesario suprimir la prerrogativa de la Contraloría General de despojar a ciudadanos de su derecho fundamental a presentarse a las elecciones mediante un procedimiento administrativo y sin notificación oportuna, lo que repercute negativamente en el derecho a la defensa”

El caso de María Corina Machado sirve para ejemplificar cómo opera la estrategia de la inhabilitación. Su inhabilitación culminó el 31 de julio de 2016. Siete años después se mantiene el bloqueo a una eventual postulación porque el CGR no ha notificado al CNE el cese de la medida (…) Henrique Capriles Radonski y Juan Guaidó fueron objetos de medidas de inhabilitación por 15 años. En el caso de Capriles Radonski la medida se impuso en 2017 por supuestos manejos irregulares durante su gestión como gobernador durante los años 2011, 2012 y 2013. La inhabilitación a Guaidó se fundamente en que supuestamente no logró justificar los pasajes para sus giras por Venezuela

Inhabilitada sin ejercer cargos administrativos
El caso de María Corina Machado sirve para ejemplificar cómo opera la estrategia de la inhabilitación. En julio de 2015 la CGR inhabilitó a la dirigente del movimiento Vente Venezuela. La sanción tendría una duración de 12 meses e implicó el allanamiento de su inmunidad parlamentaria.

De acuerdo con la notificación de la CGR, la inhabilitación ocurrió debido a que Machado había “aceptado el cargo de ‘embajadora alterna’ de Panamá ante la Organización de Estados Americanos durante el gobierno del expresidente Ricardo Martinelli”.
Sin embargo, aunque esta inhabilitación culminó el 31 de julio de 2016, la CGR no ha notificado al CNE del cese de esta medida administrativa en contra de la ex diputada. Al no notificar el cese de la medida, el organismo comicial mantiene a Machado en la lista de inhabilitados para postularse a cargos de elección popular.
En el caso de Juan Guaidó, la inhabilitación impuesta por la Contraloría General de la República en 2019 es por 15 años.
Según la explicación del Contralor Elvis Amoroso la medida fue generada porque Guaidó había “usurpado funciones públicas y acciones con gobiernos extranjeros que perjudicaron al pueblo de Venezuela y su patrimonio público (…) Además Guaidó no justificó los costos de sus viajes, estimados en un costo de boletería superior a los 310 millones de bolívares”.
La inhabilitación impuesta a Capriles Radonski también tiene una duración de 15 años. La medida -que se anunció en 2017- se justificó por presuntos hechos de corrupción durante su gestión como gobernador en el estado Miranda durante los años 2011, 2012 y el primer trimestre de 2013.
Los casos de Delsa Solorzano y Carlos Prosperi son más complejos de verificar porque han sido incluidos y excluidos por el Contralor General de la lista de inhabilitados que suele mencionar antes los medios de comunicación.

Sin información pública verificable desde 2018
Desde 2018 la Contraloría General de la República no actualiza la lista de personas inhabilitadas para el ejercicio de cargos públicos. En el informe de gestión del organismo del año 2021 solo se menciona que 5.534 personas han sido objeto de esta medida por no presentar la declaración jurada de patrimonio o por irregularidades administrativas durante su gestión. No obstante, no existe precisión individual de los casos.
Aunque para las elecciones parlamentarias de 2020 y las elecciones municipales y regionales de 2021 el gobierno venezolano concedió un “indulto” de la medida de inhabilitación política a más de 52 políticos opositores y disidentes del chavismo, la medida de imponer la inhabilitación -ahora con carácter retroactivo- se utilizó en diciembre de 2021.

El Gobierno de Maduro acudió a la inhabilitación nuevamente, concretamente en la elección del gobernador del estado Barinas en 2021 luego de que la Sala Electoral del máximo juzgado a través de las sentencias n.° 78143 y 79144 del 29 de noviembre de 2021 ordenara repetir el proceso electoral de dicho cargo para el 9 de enero de 2022, alegando que el eventual ganador (el candidato opositor Freddy Superlano) no podía asumir el puesto, pues había sido inhabilitado para ejercer funciones públicas por la CGR.

La decisión contra Superlano se fundamentaba en una supuesta resolución de la administración contralora del 17 agosto de 2021 mediante la cual se lo inhabilitaba para el ejercicio de cualquier cargo público. Es necesario resaltar que ni el afectado ni el CNE estaban en conocimiento, de hecho, este último le permitió postularse y participar en el proceso de noviembre.

En este sentido debe advertirse que la ausencia de información pública actualizada sobre las decisiones que toma la Contraloría General de la República hace imposible precisar los candidatos que no tienen algún tipo de impedimento para postularse en 2024. Incluso, con el precedente del año 2021 (inhabilitación retroactiva a la esposa del candidato Freddy Superlano) la medida puede aplicarse a ciudadanos que no hayan ocupado con anterioridad cargos de dirección política.

La duda sobre Rosales
De los candidatos que puntean las encuestas Manuel Rosales es -preliminarmente- de quién se tiene más claro su situación política, al haberse juramentado como gobernador después de las elecciones de 2021.
No obstante, como ocurre con los “indultados” de 2020 Rosales nunca cumplió la inhabilitación que la CGR le impuso por 15 años.

Rosales, fue habilitado para ser candidato a cargos de representación popular en 2017 después que el Tribunal Supremo de Justicia suspendió su inhabilitación para ejercer funciones públicas horas antes del cierre del proceso de postulación para candidatos a alcaldes de ese año.

La decisión del TSJ responde a la solicitud que introdujo Rosales en 2015 y con la cual había quedado habilitado, aunque no fue sino hasta ahora que le habilitan legalmente con una sentencia de la Sala Político Administrativa contra un procedimiento presuntamente «arbitrario» de la Contraloría General de la República.
Rosales, que fue señalado por presunto enriquecimiento ilícito durante su gestión como gobernador del estado de Zulia (2000-2008), fue detenido en octubre de 2015, luego de seis años en el exilio debido a una orden de captura que se dictó por un proceso que inició en su contra la Fiscalía en 2009.
Sin embargo, fue liberado el 31 de diciembre de ese mismo año bajo la prohibición de salida del país y la presentación ante tribunales.

Hasta el 23 de junio para aclarar el panorama
Según el cronograma de las primarias previstas para el 22 de octubre la fecha tope de inscripción de candidaturas será el 23 de junio. En este momento se conocerá el listado definitivo de los aspirantes a la elección de base de la oposición y si mantiene (al momento de formalizarse la lista de candidatos) alguna restricción de inelegibilidad para la elección presidencial impuesta por la Contraloría General de la República.

No obstante, debe tenerse en cuenta que -según las acciones previo del gobierno venezolano- las inhabilitaciones -o su eliminación- puede ocurrir en cualquier momento del proceso electoral. A la fecha no hay estudios de opinión concretos que evalúen en profundidad el impacto de los inhabilitados sobre la disposición a votar en las primarias y, especialmente, sobre las preferencias electorales de los más motivados a participar en este evento.

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