Contraloría puede inhabilitar a toda la Plataforma Unitaria

Contraloría puede inhabilitar a toda la Plataforma Unitaria

Los argumentos de la Contraloría General de la República para justificar la inhabilitación administrativa en contra de María Corina Machado ponen en peligro a la casi totalidad de aspirantes a presidente que hacen vida dentro de la Plataforma Unitaria y abre la posibilidad a que la oposición abandone la ruta electoral en 2024.
Los argumentos políticos utilizados en contra de Machado pueden aplicarse sin restricciones a todos los integrantes de la Asamblea Nacional 2015, y a las personas que integraron, trabajaron o colaboraron con el gobierno interino de Juan Guaidó.

Inhabilitada sin ejercer cargos administrativos
El caso de María Corina Machado sirve para ejemplificar cómo opera la estrategia de la inhabilitación. En julio de 2015 la CGR inhabilitó a la dirigente del movimiento Vente Venezuela. La sanción tendría una duración de 12 meses e implicó el allanamiento de su inmunidad parlamentaria. De acuerdo con la notificación de la CGR, la inhabilitación ocurrió debido a que Machado había “aceptado el cargo de ‘embajadora alterna’ de Panamá ante la Organización de Estados Americanos durante el gobierno del expresidente Ricardo Martinelli”, además de incurrir en varias omisiones en su declaración jurada de patrimonio, en especial en lo referido al uso de cesta tickets.
Siete años después de vencida esta inhabilitación la Contraloría General de la República informó al presidente de la Comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional 2020, José Brito, que en una investigación posterior patrimonial de Machado se detectaron “errores (sobreestimaciones y subestimaciones) así como omisiones en las declaraciones juradas de patrimonio (…) Así mismo, se determinó la existencia de fondos administrados por justificar que representó un porcentaje cerca del cincuenta por ciento (50%) de los fondos administrados en el período evaluado, constituidos por depósitos y notas de crédito de origen no conocidos en bancos nacionales como Mercantil, C.A., Banco Universal y Venezolano de Crédito, S.A., Banco Universal y operaciones de depósitos y notas de crédito de origen no conocidos en moneda extranjera a través del Venezolano de Crédito/Cayman Branch”.

Contra toda la Plataforma Unitaria
Sin embargo, los argumentos políticos que justifican la inhabilitación de María Corina Machado deben convertirse en una alerta para toda la oposición.
La Contraloría General de la República mezcla argumentos administrativos con temas políticos para justificar la inhabilitación y estos argumentos políticos pueden ser utilizados contra cualquier integrante de la Asamblea Nacional de 2015 (tres de estos diputados son candidatos a la primaria) o contra cualquier dirigente que apoyara o trabajara para el interinato de Juan Guaidó.
Según la Contraloría, María Corina Machado “ha sido participe de la trama de corrupción orquestada por el usurpador Juan Guaidó que propició el bloqueo criminal a la República Bolivariana de Venezuela, así como también, el despojo descarado de las empresas y riquezas del pueblo venezolano en el extranjero, con la complicidad de gobiernos corruptos dentro de los cuales se destacan la entrega de la empresa Citgo Holding y Citgo Petroleum con un valor aproximado de treinta y cuatro mil millones de dólares americanos (US$ 34.000.000.000,00) a la empresa canadiense Crystallex por mil quinientos millones de dólares americanos (US$ 1.500.000,000,00), lo que causó un daño al patrimonio de la Nación por treinta y dos mil quinientos millones de dólares americanos (USS 32.500.000.000,00). La entrega al ex presidente de la República de Colombia Iván Duque de la empresa Monómeros la cual fue llevada a la quiebra; el secuestro y robo de las treinta y un (31) toneladas de oro venezolano cuyo valor estimado es de mil millones de dólares americanos (US$ 1.000.000.000,00) por parte del gobierno de Inglaterra y su monarquía (…) Adicionalmente, el bloqueo de las cuentas bancarias y el robo de un avión del pueblo venezolano. Concluyéndose que el bloqueo solicitado por María Corina Machado en connivencia con el usurpador Juan Guaidó entre otros, ha generado el secuestro de cuatro mil millones de dólares americanos (US$ 4.000.000.000,00) retenidos en el sistema bancario internacional. Causando un daño al patrimonio de la República Bolivariana de Venezuela por la cantidad de ciento cuarenta mil millones de dólares americanos (US$140.000.000.000,00)”

María Corina Machado ha sido participe de la trama de corrupción orquestada por el usurpador Juan Guaidó que propició el bloqueo criminal a la República Bolivariana de Venezuela, así como también, el despojo descarado de las empresas y riquezas del pueblo venezolano en el extranjero, con la complicidad de gobiernos corruptos

INFORME CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Sin impacto político para Machado
La primaria se concibió como un mecanismo que buscaba generar coordinación entre los distintos liderazgos opositores pensando en la elección presidencial de 2024.
Sin embargo, para María Corina Machado el fin último de la primaria es lograr derrotar al liderazgo de la Plataforma Unitaria y reconstruir a la oposición en torno a su tesis política.
En este sentido, la inhabilitación no afecta significativamente su estrategia de “aniquilar” -políticamente hablando- a la Plataforma Unitaria.
La inhabilitación de Machado sí puede aumentar las diferencias estratégicas entre los factores opositores especialmente si se concretan las amenazas de suspensión de la primaria por un supuesto fraude al elector al permitirse que participen en la designación de un candidato a ciudadanos imposibilitados de inscribirse ante el CNE.
Esta es la primaria que Machado no puede perder, porque ya se instaló en la opinión pública opositora la idea que será la ganadora del evento. Si la primaria no se realiza, Machado reclamará ser la líder por consenso de la nueva oposición, algo que probablemente no contará con el apoyo del resto de liderazgos, salvo el caso de los dirigentes en el exilio de Voluntad Popular, especialmente Leopoldo López.

Todos están potencialmente inhabilitados
Aunque la consulta pública del Registro Electoral no muestra las inhabilitaciones en contra de María Corina Machado, Henrique Capriles Radonski o Freddy Superlano es comunicacionalmente conocido que los tres están impedidos de postularse en 2024, salvo que en un proceso de negociación posterior -como el que ocurrió en 2021- se les permita participar.
No obstante, la mayoría de los presidenciales restantes también están potencialmente inhabilitados especialmente los tres candidatos que fueron diputados de la Asamblea Nacional 2015: Delsa Solórzano, Tamara Adrián y Carlos Prosperi.
Incluso, Manuel Rosales -que tiene hasta el 23 de julio para definir si participa en la primaria- puede ser víctima de la reactivación de su inhabilitación.
El gobernador del estado Zulia, como ocurre con los “indultados” de 202,1 nunca cumplió la inhabilitación que la CGR le impuso por 15 años. Rosales, fue habilitado para ser candidato a cargos de representación popular en 2017 después que el Tribunal Supremo de Justicia suspendió su inhabilitación para ejercer funciones públicas horas antes del cierre del proceso de postulación para candidatos a alcaldes de ese año.
Rosales reclamó en 2015 ante la Sala Político-Administrativa del TSJ que el procedimiento de la Contraloría en su contra fue “arbitrario” y sin posibilidad de defenderse.
Rosales, fue señalado por presunto enriquecimiento ilícito durante su gestión como gobernador del estado de Zulia (2000-2008), fue detenido en octubre de 2015, luego de seis años en el exilio debido a una orden de captura que se dictó por un proceso que inició en su contra la Fiscalía en 2009. Sin embargo, fue liberado el 31 de diciembre de ese mismo año bajo la prohibición de salida del país y la presentación ante tribunales. Posteriormente fue habilitado para presentarse a cargos de elección popular

Los argumentos de la Contraloría General de la República para justificar la inhabilitación administrativa en contra de María Corina Machado ponen en peligro a la casi totalidad de aspirantes a presidente que hacen vida dentro de la Plataforma Unitaria y abre la posibilidad a que la oposición abandone la ruta electoral en 2024.

EUGENIO G. MARTINEZ

DIRECTOR VOTOSCOPIO

17 años de inhabilitaciones
La inhabilitación como estrategia para tratar de redefinir el tablero político-electoral del país se utiliza desde 2006, cuando el entonces Contralor Clodosvaldo Russian apadrinó lo que después se conocería como la Lista Russian.
El efecto práctico de la inhabilitación en contra de María Corina Machado -como también ocurre con Henrique Capriles Radonski y Freddy Superlano- es que, en caso de ganar la primaria, no pudiesen inscribirse ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) para la elección presidencial de 2024, ni para las elecciones generales de 2025 salvo que el ganador de este evento sea beneficiado con un indulto presidencial de Nicolás Maduro o una medida del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que suspenda la medida.
Es necesario recordar que a partir del año 2006 la Contraloría General de la República (CGR) y el CNE modificaron el funcionamiento de la lista de objeciones para el ejercicio de los derechos políticos.
Es necesario recordar que el Sistema Automatizado de Postulaciones (SAP) del CNE impide que los ciudadanos con objeciones o inhabilitados por la CGR puedan postularse a cargos de elección.
Con la “Lista Russian” comenzó a fomentarse la práctica, primero del chavismo y después del madurismo, de escoger quiénes de sus adversarios pueden competir en procesos electorales.
Desde el año 1973 el CNE —en aquel entonces llamado Consejo Supremo Electoral— utiliza una tabla de objeciones para conocer el estatus legal de los ciudadanos para precisar si pesa sobre ellos una sentencia judicial definitivamente firme que limite sus derechos políticos.
Sin embargo, a partir de la aparición de la Lista Russián en 2006 el CNE amplió la categoría “inhabilitado político”, para construir tres nuevas clasificaciones: inhabilitado político, inhabilitado para ejercer funciones públicas e inhabilitado por interdicción civil. Por esta razón (y en contra de la Ley) la tabla de objeciones del CNE incluye dos tipos de sanciones: inhabilitado político, identificado en la tabla de objeciones con el código 7 y el inhabilitado administrativo, identificado con el código 8.
La diferencia entre estas dos categorías es que los ciudadanos catalogados con el “código 8”, aunque no pueden inscribirse como candidatos, pueden ejercer el derecho al voto.
Mientras los reseñados con el Código 7 se le impide el ejercicio de cualquier derecho político, incluso el voto. Este es el caso del ex alcalde del municipio El Hatillo David Smolanski que está impedido de votar y evidentemente de postularse a cargos de elección popular.

La Ley que va en contra de todo
La facultad del Contralor General de inhabilitar a los ciudadanos está fundamentada en el artículo 105 de la ley que la regula al organismo, ley que fue aprobada por la Asamblea Nacional en el año 2001.
Este artículo otorga a su máxima autoridad, el Contralor, la posibilidad de imponer las inhabilitaciones para el ejercicio de los cargos públicos por hasta un máximo de quince años.
Sin embargo, esta facultad del Contralor está en contradicción con la Constitución, que en sus artículos 42 y 65 señala que el ejercicio de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por una sentencia judicial firme en los casos que determine la ley.
En el mismo sentido, es contraria al artículo 23.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, cuyo texto solo reconoce como legítimas las limitaciones a los derechos políticos que estén fundadas en una condena dictada por el juez competente en un proceso penal en el que se le imponga al condenado la pena accesoria de inhabilitación política.
De hecho, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos decidió el 20 de noviembre de 2015 que el artículo 105 de la Ley de la Contraloría viola el Pacto de San José porque “se refiere a una restricción impuesta por vía de sanción, (cuando) debería tratarse de una “condena, por juez competente, en proceso penal”.
El juzgado con sede en San José, Costa Rica, exigió a Venezuela que eliminara esa figura y que les permitiera a los afectados participar en todo proceso electoral.
Ninguno de estos mandatos ha sido cumplido.
Como es de esperarse, existe una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que declara la legalidad del artículo 105 de la Ley de la Contraloría y por ende de las inhabilitaciones que se derivan de su aplicación. En concreto, en ponencia del Magistrado Arcadio Delgado Rosales la Sala Constitucional del TSJ (expediente 05-1853 del 23 de junio de 2008) declaró la constitucionalidad de la facultad del Contralor de imponer penas accesorias, aunque no existe una sentencia definitivamente firme en contra de algún ciudadano.

El carrusel de las inhabilitaciones
Para las elecciones parlamentarias de 2020 y las elecciones municipales y regionales de 2021 el gobierno venezolano concedió un “indulto” de la medida de inhabilitación política a más de 52 políticos opositores y disidentes del chavismo.
Sin embargo, la medida de imponer la inhabilitación -ahora con carácter retroactivo- se utilizó en diciembre de 2021.
El Gobierno de Maduro acudió a la inhabilitación nuevamente, concretamente en la elección del gobernador del estado Barinas, luego de que la Sala Electoral del máximo juzgado a través de las sentencias n.° 78143 y 79144 del 29 de noviembre de 2021 ordenara repetir el proceso electoral de dicho cargo para el 9 de enero de 2022, alegando que el eventual ganador (el candidato opositor Freddy Superlano) no podía asumir el puesto, pues había sido inhabilitado para ejercer funciones públicas por la CGR.
La decisión contra Superlano se fundamentaba en una supuesta resolución de la administración contralora del 17 agosto de 2021 mediante la cual se lo inhabilitaba para el ejercicio de cualquier cargo público.
Es necesario resaltar que ni el afectado ni el CNE estaban en conocimiento, de hecho, este último le permitió postularse y participar en el proceso de noviembre.
En este sentido debe advertirse que la ausencia de información pública actualizada sobre las decisiones que toma la Contraloría General de la República hace imposible precisar los candidatos que no tienen algún tipo de impedimento para postularse en 2024.
Incluso, con el precedente del año 2021 (inhabilitación retroactiva a la esposa del candidato Freddy Superlano) la medida puede aplicarse a ciudadanos que no hayan ocupado con anterioridad cargos políticos.

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