¿Los venezolanos en el extranjero podrán votar en las primarias?

¿Los venezolanos en el extranjero podrán votar en las primarias?

Además de la asistencia técnica del Consejo Nacional Electoral (CNE) para las primarias del 22 de octubre, otro tema que continúa sin resolverse está asociado con el voto de los venezolanos en el extranjero. El primer bloqueador para permitir la participación de los venezolanos que están fuera del país es de ámbito económico. A la fecha no existe presupuesto para organizar la elección fuera del país (siempre sería manual, aunque internamente se cuente con el apoyo del CNE).
Otra de las limitantes para el voto fuera de Venezuela en las primarias está asociado el criterio técnico-político para definir el padrón de votación fuera del país.

¿Cuál es la situación electoral de los venezolanos que se encuentran en el extranjero?

El voto de los venezolanos en el extranjero será decisivo en los resultados de la elección presidencial de 2024 y probablemente tenga un impacto significativo en las primarias del 22 de octubre, bien sea porque los ciudadanos en el extranjero puedan votar, como si no pudiesen ejercer este derecho político.
Las trabas legales y operativas para que la mayoría de los venezolanos en el extranjero ejercieran su derecho al voto ya fueron determinante en las elecciones presidenciales sobrevenidas del año 2013 cuando Nicolas Maduro derrotó a Henrique Capriles Radonski por una diferencia de 230 mil votos.

Para ese año se calculaba que existían 800 mil electores potenciales fuera del país, aunque solo estaban habilitados para participar en las elecciones poco más de 50 mil. Según los datos aportados por la Plataforma de Coordinación para Refugiados y Migrantes de Venezuela liderada en conjunto por ACNUR y la Organización Internacional de Migraciones la cantidad de venezolanos en el exterior asciende conservadoramente a 7.134.132. Esta cifra equivale al 21,28% de la estimación poblacional del Instituto Nacional de Estadística de Venezuela para el año 2022.

Del total de venezolanos en el extranjero (7.100.100) se estima que 4.897.709 ciudadanos, que representan el 68,98% de los venezolanos en el exterior, son mayores de 18 años. Sin embargo, apenas el 2% de los mayores de 18 años (107.904), se encuentran inscritos en el Registro Electoral en el exterior y pudiesen votar en una elección presidencial. ¿Y en las primarias? La pregunta aún no tiene una respuesta concreta. No obstante, la Comisión Nacional de Primarias (CNdP) maneja tres escenarios.

El primer bloqueador para permitir la participación de los venezolanos que están fuera del país es de ámbito económico. A la fecha no existe presupuesto para organizar la elección fuera del país (siempre sería manual, aunque internamente se cuente con el apoyo del CNE). Otra de las limitantes para el voto fuera de Venezuela en las primarias está asociado el criterio técnico-político para definir el padrón de votación fuera del país.

ANALISIS

¿Cuáles son los escenarios para que los venezolanos en el extranjero puedan votar en las primarias? 

  • Permitir la participación solo de los electores que logre inscribirse en el Registro Electoral y estén habilitados para votar fuera de Venezuela en la elección presidencial de 2024. Actualmente solo 107 mil venezolanos están inscritos para votar en el extranjero.
  • Por razones logísticas y presupuestarias permitir la participación de los venezolanos en el extranjero solo en las principales ciudades de acogida de migrantes.
  • Permitir que aproximadamente 4,3 millones de electores potenciales puedan votar de forma manual en el extranjero.

    Los escenarios 2 y 3 tienen el agravante que no existe un registro individual de migrantes fuera del país, el cual habría que construir. Lamentablemente no se aprovechó la consulta popular de 2020 para construir esa base de datos, por lo tanto, en este momento se parte casi desde cero para confeccionar un registro de votantes paralelo al Registro Electoral.  Por otra parte, a estas tres consideraciones se une el debate sobre la conveniencia política de permitir que ciudadanos que no podrán participar en la elección presidencial de 2024 en el extranjero (por razones legales y operativas) influyan en la selección del candidato presidencial de la oposición.

 ¿Si el CNE presta asistencia técnica los venezolanos en el extranjero no podrán participar?

La asistencia técnica del CNE solo pudiese ocurrir dentro de Venezuela. En las primarias presidenciales de 2012, que contaron con la asistencia técnica del CNE, el voto de la diáspora en el extranjero fue autogestionado por la comisión de primarias. No obstante, ese proceso de votación, escrutinio y totalización manual en el extranjero se realizó para un universo muy limitado de electores potenciales, una situación muy diferente a la que existe para 2023.

Con o sin asistencia del CNE, el voto en el extranjero para las primarias (en cualquier escenario) se organizará sin la colaboración del organismo comicial.

Las trabas legales y operativas para que la mayoría de los venezolanos en el extranjero ejercieran su derecho al voto ya fueron determinante en las elecciones presidenciales sobrevenidas del año 2013 cuando Nicolas Maduro derrotó a Henrique Capriles Radonski por una diferencia de 230 mil votos. Para ese año se calculaba que existían 800 mil electores potenciales fuera del país, aunque solo estaban habilitados para participar en las elecciones poco más de 50 mil.

ANALISIS


Si en la consulta popular de 2020 los venezolanos en el extranjero pudieron participar ¿por qué no se utiliza un proceso similar para las primarias?

La mecánica de votación utilizada en la consulta popular de 2020 fue un fracaso porque carecía de mecanismo de control electoral que evitaran que una persona participara en más de una ocasión. La ausencia de controles le permitió a los grupos políticos y ciudadanos encargados de organizar el proceso abultar los datos de participación, especialmente en el extranjero. Inicialmente se anunció que digitalmente habían participado en la consulta 2.5 millones de personas en el extranjero. Dato que no tenía ningún tipo de soporte. Incluso, después de varios días el comité organizador tuvo que reconocer que se había proyectado erróneamente la participación en el extranjero aumentándola en más de un millón de votos. Algo similar ocurrió con los datos de participación presencial dentro de Venezuela. Lo peor que pudiese hacer la oposición es organizar un proceso de votación sin controles electorales que siembre dudas razonables sobre el resultado del ganador

 En el caso del primer escenario: ¿Qué se necesita para que los venezolanos en el extranjero puedan inscribirse en el Registro Electoral y aumente la cantidad de electores fuera del país para las primarias y la presidencial?

Según el análisis realizado por las organizaciones de contraloría electoral en Venezuela las barreras para que los venezolanos en el extranjero puedan votar tienen cuatro causas principales: una regulación jurídica restrictiva, contraria a las bases constitucionales y estándares internacionales del derecho al sufragio que limita el derecho al voto a los ciudadanos que pueden demostrar -a las autoridades consulares venezolanas- que poseen residencia legal en el país en donde se encuentran; una compleja situación migratoria, en el marco de la emergencia humanitaria venezolana; una práctica administrativa deficiente que limita gravemente la expedición de documentos de identificación -cédula de identidad y pasaporte- de los venezolanos dentro y fuera del territorio nacional y una práctica administrativa de Registro Electoral también irregular e ineficiente a través del servicio exterior que no da al sufragio en el extranjero las mismas garantías del sufragio dentro del territorio nacional.

No obstante, existe acuerdo entre los integrantes de las organizaciones de contraloría electoral que la principal restricción del voto extraterritorial de los venezolanos se refiere a la exigencia de residencia legal y permanente en el país receptor tanto para la inscripción o actualización en el registro electoral como para ejercer el voto. “Esa exigencia es desproporcionada, injustificada y por tanto arbitraria, pues para participar políticamente en el país de ciudadanía de origen -Venezuela- no debe tener relevancia el estatus legal del migrante en el país receptor”, se puede leer en un informe conjunto elaborado por los técnicos del Observatorio Electoral Venezolana, Red Ciudadana de Asamblea de Educación y Súmate.

Las organizaciones de la sociedad civil venezolana que trabajan para que se respete el derecho a la identidad y el ejercicio de los derechos políticos sugieren a la comunidad internacional tratar de incidir en el gobierno de Nicolás Maduro en los siguientes aspectos.

En el documento elaborado en conjunto por los expertos electorales de Súmate, Red Ciudadana de Asamblea de Educación y el Observatorio Electoral Venezolano se insiste en que el “requisito de residencia legal establecido en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) debe ser interpretado de manera extensiva y favorable al ejercicio del derecho al sufragio (…) Por residencia legal debe entenderse la situación del migrante que cumple con los requisitos de permanencia del Estado receptor, con independencia de las condiciones en las cuales ingresó a ese país. Con lo cual, residencia legal no solo alude a la situación en la que el migrante accede y permanece con base en una autorización (visa o permiso), sino también a la situación del migrante que es considerada legal en el Estado de recepción, más allá de la visa o permiso, incluyendo por ejemplo las situaciones que derivan de mecanismos directos de protección (refugiados y solicitudes de asilo), así como los mecanismos complementarios de protección (permisos especiales y temporales de residencia, como ha sucedido en Colombia y EEUU) o quienes son beneficiarios de procesos de regularización”.

La mecánica de votación utilizada en la consulta popular de 2020 fue un fracaso porque carecía de mecanismo de control electoral que evitaran que una persona participara en más de una ocasión. La ausencia de controles le permitió a los grupos políticos y ciudadanos encargados de organizar el proceso abultar los datos de participación, especialmente en el extranjero. Inicialmente se anunció que digitalmente habían participado en la consulta 2.5 millones de personas en el extranjero.

ANALISIS

En todo lo referente al Registro Electoral los expertos electorales venezolanos hacen hincapié en la necesidad de “establecer un sistema de registro continuo, eficiente, accesible y automatizado en el extranjero, dentro y fuera de sedes diplomáticas o consulares”.

Adicionalmente, se advierte que es necesario “delimitar normativamente las competencias de las sedes diplomáticas y consulares como órganos electorales auxiliares y eventuales, evitando que discrecionalmente impongan restricciones adicionales al Registro Electoral y al ejercicio del sufragio en el extranjero como ha sido, por ejemplo, la arbitrariedad de estas sedes diplomáticas que en ocasiones han asumido el rol de ‘autoridades migratorias’ en los países en que se encuentran determinando qué debe entenderse por permanencia legal en el país receptor.

Adicionalmente, en lo sé que se refiere a las garantías esenciales para el sufragio en el extranjero se resalta que la colaboración internacional será indispensable para lograr “el apoyo tecnológico y logístico para la implementación de operativos de Registro Electoral, incluyendo la instalación de centros itinerantes de inscripción y actualización fuera de sedes diplomáticas o consulares (…) Establecimiento de centros de votación fuera de sedes diplomáticas o consulares (…) y la difusión de campañas informativas a los electores; colaboración en la movilización de electores a centros de registro electoral o bien a los centros de votación. Apoyo a los testigos electorales, miembros de mesa y agentes de observación electoral”.

Para las organizaciones de la sociedad civil venezolana la comunidad internacional debe trabajar en fomentar acuerdos con OIM, ACNUR, ONU, UE y con ONG para prestar apoyo en trámites de registro electoral, ejercicio del voto, campañas informativas, en los países receptores de la migración”:

Por último, pero no menos importante, sugieren que se flexibilice la documentación exigida para el Registro Electoral en el extranjero. “Para la inscripción o actualización en el registro electoral en el extranjero debe ser suficiente (i) la presentación por el elector de la cédula de identidad laminada, vigente o no o de manera alternativa el pasaporte venezolano original, vigente o no y (ii) cualquier documentación de la que desprenda residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia, aplicando la presunción de buena fe de residencia que dispone la Ley respecto del registro electoral, que no ha sido hasta ahora aplicada al registro electoral en el extranjero”

¿Cuál es la feche tope para conocer la decisión definitiva de la CNdP sobre el tema CNE y voto en el extranjero?

En el caso de la asistencia técnica del CNE la CNdP puede esperar la respuesta del organismo (sobre la cesión de centros de votación y uso de máquinas de votación sin captahuellas) hasta el 15 de abril aproximadamente. En el caso del registro de votantes para las primarias, este debe estar cerrado y definido para el 24 de julio.

¿Qué se le puede recomendar a los venezolanos en el extranjero?

Organizarse para exigir que se inicien operativos especiales de inscripción en el Registro Electoral. Una vez que se inicien los operativos inscribirse para poder estar habilitados para votar en las elecciones presidenciales de 2024 (y por extensión en las primarias)

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