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El Sistema Automatizado de Postulaciones (SAP) del Consejo Nacional Electoral (CNE) impide que los ciudadano con objeciones o inhabilitados por la Contraloría General de la República puedan postularse a cargos de elección.

Técnicos de la Junta Nacional Electoral (JNE) recordaron que desde el año 2006 la tabla de objeciones del organismo comicial incluye dos tipos de sanciones: el inhabilitado político, identificado en la tabla de objeciones con el código 7 y el inhabilitado administrativo, identificado en la tabla de objeciones con el código 8.

En la tabla de objeciones que emplea el SAP, la diferencia primordial entre estas dos categorías es que los ciudadanos catalogados con el “código 8”, aunque no pueden inscribirse como candidatos, pueden ejercer el derecho al voto.

No obstante, ningún ciudadano que sea catalogado con el código 7 o con el código 8 podrá postularse a cargos de elección popular.

Según el manual operativo para el proceso de postulaciones a la Asamblea Nacional el proceso de inscripción de candidaturas que se efectuará a partir del lunes 3 de agosto consta de seis fases: 1) Internet, 2) Recibida, 3) Presentada, 4) Admitida, 5) Rechazada y 6) No presentada.

La primera de estas fases implica que los autorizados para postular a candidatos por los partidos políticos y grupos de electores (admitidos previamente por la Comisión de Participación Política y Financiamiento) deben crear una solicitud de inscripción en el SAP que, entre otros datos, debe incluir el número de la cédula de identidad del aspirante.

Al finalizar este proceso el SAP emitirá una planilla de postulación y aceptación que deberá ser impresa en triplicado y presentada ante la Junta Regional correspondiente.

Insistir en la postulación en el SAP de un ciudadano catalogado con el Código 7 o con el Código 8 no es una opción viable. Ante cada intento por generar una candidatura el sistema desplegará una ventana emergente advirtiendo de la existencia de un “error” y recordando que “no se puede postular a una persona que se encuentre inhabilitada”.

Los técnicos de la JNE recordaron que si un aspirante no logra generar la planilla de postulación y aceptación emitida por el SAP, no podrá entregar el resto de recaudos exigidos y por lo tanto no se considerará su candidatura.