La sentencia que en la noche de ayer emitió el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que limita las manifestaciones en el país, busca reducir las libertades de los ciudadanos que protestan contra el gobierno del presidente Nicolás Maduro, opina el historiador Tomas Straka.

El especialista señala que la sentencia recuerda a la llamada Ley Lara, que presentó el ministro Alejandro Lara, que ocupaba el despacho de Relaciones Interiores durante el gobierno de Eleazar López Contreras en el año de 1936, luego de la muerte de Gómez, cuando el pueblo y los estudiantes de izquierda se volcaron a las calles para exigir libertad.

“Luego de la muerte de Gómez el ministro del gobierno de López Contreras, Alejandro Lara, emitió una Ley para regular las manifestaciones y protestas. A pesar de que había cierta apertura ese año de 1936, cuando López Contreras intentó marcar cierta distancia del gomecismo con una apertura política, el retorno de los exiliados, etc, el severo control del período anterior había motivado a que la gente tomara las calles y para controlar la situación se hace una ley de orden público y que en esencia es para tratar de reglamentar como serían las protestas”, explica Straka.

La diferencia, acota, entre la Ley Lara y la sentencia de ayer del TSJ es que, aunque ambas reglamentan la protesta, en 1936 no había jurisprudencia sobre las manifestaciones. El historiador recuerda que ahora, en pleno siglo XXI,  y casi 80 años después de la Ley Lara, hay suficientes avances en materia de derechos fundamentales como lo expresa el artículo 68 de la Constitución.

“Ahora hay unos estatutos en Derechos Humanos, un universo de principios, valores, jurisprudencia que se ha acumulado en tantos años que no tiene sentido una sentencia como la que se dio a conocer por el TSJ”, señaló Straka. 

Para Straka “este es un paso más del Gobierno a través de la justicia en su esfuerzo por retomar el control de una sociedad que se le fue de las manos por la represión y su actuación en los últimos meses”.

Entre otros aspectos en el proyecto de Lara se establecía que para celebrar una reunión por lo menos 5 de sus promotores debían, con 24 horas de anticipación, participarlo por escrito a la autoridad civil que tenía la facultad para conceder o no el uso de las calles, plazas o cualquier otro lugar. Además, debía solicitarse auxilio de la autoridad para impedir actividades ilícitas en las reuniones y de no hacerlo, los promotores, organizadores y directores serían responsables de las infracciones en razón de su objeto o de los discursos pronunciados.

Texto de Sara Carolina Díaz @sasaraca para El Universal