Los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) acordaron entregar –a través de la Comisión de Participación Política y Financiamiento del organismo- el formato para la recolección de manifestaciones de voluntad que permita conformar una agrupación de ciudadanos que solicite el referendo revocatorio contra el presidente Nicolás Maduro. Esta planilla y su instructivo fue recibida por los representantes de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD).

¿Se van a recoger firmas para el revocatorio?
No. La resolución nº 070906-2770 publicada el 18 de diciembre de 2007 en la Gaceta Electoral No 405  establece que la activación del referendo revocatorio presidencial solo puede ser solicitada por una agrupación de ciudadanos reconocida por el organismo comicial. Para conformar esta agrupación la norma establece que se deben recoger las firmas y huellas de 1% de los electores inscritos en el Registro Electoral (RE).
Esté trámite no está previsto en al artículo 72 de la Constitución Nacional.

¿Cuántas firmas deben recogerse para conformar la agrupación de ciudadanos?
Según el corte al 31 de enero de 2016 la oposición debe consignar 197.978 firmas. No obstante, estas rúbricas deben consignarse por estado, esto significa que se deben entregar al menos firmas que equivalen a 1% de los electores inscritos en cada estado.
La relación de firmas mínimas por estado es la siguiente:

 

Distrito Capital 16.343
Anzoátegui 10.501
Apure 3.287
Aragua 12.025
Barinas 5.532
Bolívar 9.686
Carabobo 15.479
Cojedes 2.361
Falcón 6.626
Guárico 5.211
Lara 12.492
Mérida 5.945
Miranda 20.399
Monagas 6.205
Nueva Esparta 3.448
Portuguesa 6.008
Sucre 6.436
Táchira 8.292
Trujillo 5.249
Yaracuy 4.249
Zulia 23.991
Amazonas 1.026
Delta Amacuro 1.711
Vargas 2.745
Exterior CNE no lo contenpla
Total 195.721
Exigido por CNE 197.978

 

 

¿Qué ocurre si se obtienen 197 mil firmas en todo el país, pero no se alcanza el 1% en algún estado? Según la interpretación que realizan los rectores de la normativa redactada en el año 2007 es necesario que en todos los estados se presenten, al menos, 1% de las firmas de las electores. En el caso hipotético que la oposición recolectara 197.978 firmas entre 22 estados, pero no logre alcanzar el mínimo en alguna entidad el organismo comicial considerará como incompleto el trámite de conformación de la agrupación de ciudadanos y por los tanto podría invalidar la convocatoria a un referendo revocatorio contra el presidente Nicolás Maduro.

¿En el exterior se puede firmar para conformar una agrupación de ciudadanos?
Si. No obstante, esta firma no tendrá valor en este proceso porque después los firmantes no podrán cumplir con el siguiente paso previsto en la validación de las manifestaciones de voluntad.

¿Qué dato debe colocarse en el campo “domicilio” de la planilla de recolección?
Esta dato servirá para definir los puntos de validación de huellas que se usarán en la siguiente etapa de este proceso, por eso es importante que los electores que firmen coloquen en este campo los siguientes datos: parroquia, municipio y estado en donde está inscrito para votar (según el corte del RE al 31 de enero de 2016)

¿Y después de firmar?
Una vez recolectadas las firmas equivalentes a 1% o más de los electores inscritos en cada estado, el CNE realizará un proceso de validación de las huellas de esos electores. Según la norma, el CNE dispondrá de, al menos, 200 puntos de validación de huellas, dispuestos a razón de un punto por cada mil firmantes. En estos puntos los electores que firmaran la planilla de recolección de firmas deberán acudir en un lapso de 5 días continuos (no se sabe que puede ocurrir en el caso de coincidir con días no laborales por ahorro energético) a validar sus datos y huella dactilar ante funcionarios del CNE.

¿En donde estarán esos puntos de validación de firmas?
CNE aún no lo define

¿Si una persona firma la planilla pero no acude a validar posteriormente su huella?
Su firma no será contabilizada dentro del 1% necesario para conformar la agrupación de ciudadanos.

¿Qué ocurre si se valida el 1% de firmas de los electores?
La agrupación de ciudadanos reconocida por el CNE (y representada por la junta directiva de la MUD) podrá solicitar a los rectores que autoricen la recolección de firmas de 20% de los electores prevista en el artículo 72 de la Constitución para activar el referendo revocatorio presidencial a Nicolás Maduro.

¿En cuanto tiempo se conocerá si se recogieron las firmas para conformar la agrupación de ciudadanos?
Según la norma del CNE la oposición tiene hasta 30 días para presentar los recaudos, mientras la validación de las huellas podría realizarse durante 5 días consecutivos. No obstante, la norma reserva al CNE hasta 20 días hábiles para verificar y analizar todos estos requisitos.

Si el CNE avala la conformación de la Agrupación de Ciudadanos esta instancia podrá iniciar los trámites administrativos para solicitar la activación de un referendo revocatorio presidencial

Según el articulo 72 de la Constitución Nacional se necesita la firma de 20% de los electores inscritos en el RE para activar un revocatorio. Esto significa que para activar una consulta popular en contra de Maduro se deben recoger 3.959.560 de manifestaciones de voluntad de ciudadanos (firmas y huellas). No obstante, esta cifra no es definitiva y puede aumentar en función del crecimiento del RE a partir de enero de 2016.