La recolección de firmas para activar la consulta popular sobre la continuidad de Nicolás Maduro como Presidente de la República podría realizarse entre el 10 y 12 de septiembre.

Los lapsos máximo contemplados en la “Normas para Regular la Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios”, publicadas en la Gaceta Electoral 405 del 18 de diciembre de 2007, permiten inferir que una vez que los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) oficialicen que la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) está habilitada para solicitar la consulta popular comenzará un correr un periodo de seis semanas para que se realice esta actividad.

Según indicó el organismo comicial el pasado 26 de julio a través de una nota de prensa será definitivamente el lunes 1 de agosto cuando los rectores consideran la aprobación definitiva del informe con el resultado del proceso de autenticación de firmas equivalente a 1% de los electores inscritos en el Registro Electoral (RE)

Documento aprobado
El informe sobre el proceso de recolección del 1% fue aprobado
por dos instancias técnicas del CNE: el lunes 25 de julio el documento recibió el visto bueno de la Junta Nacional Electoral; instancia conformada por las rectoras principales Tibisay Lucena, Socorro Hernández y el rector suplente incorporado Carlos Quintero;

Por otra parte, el martes 26 de julio el informe sobre el 1% recibió el visto bueno de la Comisión de Participación Política y Financiamiento (Copafi) conformada por los rectores Luis Emilio Rondón, Tania D Amelio y el rector suplente incorporado Abdón Hernández.

En el informe aprobada por la JNE y la Copafi se describen los resultados del proceso de auditoría a las huellas autenticadas entre el 20 y 24 de junio. En el informe, ampliamente difundido a través de las redes sociales, se indica que de las 407.379 personas que lograron autenticar sus huellas en el 98,04% de las casos existió comparación positiva de la imagen de sus impresiones dactilares con los archivos biométricos del organismo comicial lo que sugiere que la oposición superó ampliamente el requisito de obtener el respaldo de 1% de los electores inscritos en el Registro Electoral para solicitar el referendo revocatorio al presidente Maduro.

Dos días para solicitar el revocatorio
Según se establece en el artículo 19 de las “Normas para Regular la Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios” una vez que el CNE indique que la MUD puede presentar la petición para activar la consulta popular, este partido tendrá hasta dos días hábiles para llevar el documento con la solicitud a la sede principal del organismo comicial.

Por otra parte, el artículo 19 de las referidas normas indica que una vez recibida la petición el organismo dispone de hasta 15 días continuos para verificar la solicitud de la MUD y anunciar si es procedente. En caso que los rectores admitan la exigencia de convocar un revocatorio se iniciaría una etapa de hasta 15 días hábiles para que se anuncie la fecha de la recolección, así como la cantidad de centros de recolección de firmas y el número de capta huellas que se desplegarán en ellos.

Si no se agregan etapas sobrevenidas a la norma (como ocurrió con la fase de certificación de las firmas del 1% de los electores) la recolección de manifestaciones de voluntad prevista en el artículo 72 de la Constitución Nacional debería celebrarse entre el 10 y 12 de septiembre (ambos días inclusive).

Deben firmar 3,9 millones
Para activar el referendo revocatorio contra Maduro se necesitan la firmas y huellas de, al menos, 3.959.560 electores.

Según el articulo 28 de las normas para regular la convocatoria de los revocatorios el CNE tiene hasta 15 días hábiles para verificar y totalizar las manifestaciones de voluntad. Este plazo es catalogado por el ex rector del CNE Vicente Díaz como innecesario porque el proceso de autenticación de huellas es automatizado y puede validar en tiempo real (como ocurre en los procesos electorales) la identidad de los firmantes.

Una vez que el CNE determine si se cumplió con el requisito del artículo 72 de la Constitución dispondrá de hasta 3 días continuos para fijar la fecha del referendo revocatorio contra Maduro.

90 días para el revocatorio
Según el artículo 30 de las normas del revocatorio el CNE dispone de hasta 90 días para organizar la consulta popular, un lapso innecesario si se considera que la elección presidencial del año 2013 (un evento de ámbito nacional similar a un referendo) el organismo comicial lo organizó en menos de 35 días, mientras el referendo por la reelección celebrado en 2009 el CNE le ejecutó en 50 días, mientras el referendo constitucional del año 2007 se organizó en 70 días.

En caso que el CNE estime necesario cumplir con el lapso de 90 días para organizar el revocatorio, y suponiendo que este se convoque el 6 de octubre, entonces el revocatorio se realizaría el 6 e enero de 2017; cuatro días antes del límite constitucional del 10 de enero de 2017.