Hoy se están cumpliendo 24 días desde que el Ejecutivo Nacional desconoció los resultados del Referendo Constitucional del 2 de diciembre. La aplicación de los decretos-ley avanza sin que exista una estrategia común para oponerse a ellos. Sólo el chavismo actúa inteligentemente trivializando a las nuevas leyes, apoyándose en que la mayoría de los venezolanos -voceros de la oposición incluidos- apenas se han leído el nuevo marco normativo para regular la relación entre el ciudadano y el Estado.
El desconocimiento provoca irremediablemente que cualquier crítica pública caiga en un oscuro y bizantino debate sobre los avances legislativos que el paquete de leyes representa para el pueblo venezolano. Si hilamos muy fino podemos dividir los decretos-ley promulgados el 31 de julio en tres grandes bloques: 1) Los que son realmente inocuos. 2) Los que efectivamente constituyen mejoras para el ciudadano. 3) Los que reviven la reforma constitucional y servirán para que el líder máximo de la revolución consolide su control político sobre el país.
Los decretos-ley que deben recibir el rechazo unánime de la sociedad son los que están incluidos en el tercer grupo. No obstante los que aplauden hasta que le sangran las manos sólo hablan del grupo 1 y 2. No saber diferenciar los decretos-ley es caer en el juego del Ejecutivo Nacional y sus adeptos. ¿A ninguno le extraña que el Presidente no se haya dedicado a explicar por varios días el contenido de los decretos-ley? La estrategia es simple: Evitar repetir los errores que se cometieron con la reforma Educativa y la Ley de Inteligencia. ¿Cuáles fueron esos errores? Permitir que la masa comprendiera e internalizara el contenido de las leyes propuestas, así de simple.
¿Cuáles son los mensajes claves que debería manejar cualquier ciudadano que se aponga al desconocimiento del resultado electoral del 2 de diciembre para no caer en la estrategia de trivializar el debate? a) El artículo 70 de la reforma incorporaba a los consejos comunales a la administración pública, las nuevas leyes le otorgan a sus integrantes responsabilidades de gestión pública. B) El artículo 115 de la reforma imponía cinco tipos de propiedad, privilegiando la intervención del Estado; las nuevas leyes admiten la expropiación sin previa declaración de utilidad pública ni control judicial. C) El artículo 141 de la reforma otorgaba rango constitucional a las misiones, la nueva Ley de Administración Pública les confirió rango legal. D) El artículo 156 planteaba la designación de vicepresidentes regionales que tomarían las funciones de gobernadores y alcaldes; las nuevas leyes consagran la posibilidad que el Presidente designe directamente autoridades regionales con facultades similares a las de autoridades elegidas por el voto de los ciudadanos. E) Las nuevas leyes eliminan la descentralización como se trataba de imponer con el artículo 158 de la reforma. F) Las nuevas leyes imponen el modelo de producción socialistas, como lo hacía el artículo 299 de la reforma. G) Los decretos-ley sobre acceso a bienes y servicios consagran el contenido del artículo 305 de la reforma que otorgaba poderes plenipotenciarios al Presidente sobre los medios de producción. H) Las nueva Ley de la Fuerza Armada Nacional incorpora los elementos que contenía el artículo 328 y 329 de la reforma, es decir el cambio de nombre de la FAN y la incorporación de la milicia a las tropas profesionales.
La Constitución es el contrato social entre el ciudadano y el Estado. En ella se establecen los principios que regulan esa relación y definen nuestra forma de vida. Cuando una persona -sin importar cómo llegó al poder- desconoce esos principios y los modifica, sin consultar a la sociedad o desconociendo la consulta realizada se aleja de las prácticas democráticas, así de simple.