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Los resultados de los comicios parlamentarios ponen en evidencia al sistema electoral venezolano por no respetar la representación proporcional establecida en la Constitución Nacional. Aunque el artículo 63 de la Constitución contempla que “la ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional” y el 186 contempla que la Asamblea Nacional estará integrada por diputados elegidos en cada entidad federal por “votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional”, la adjudicación de cargos realizada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) demuestra que en el país se aplica un sistema electoral de corte mayoritario.
Básicamente los sistemas electorales que existen en el mundo pueden dividirse -con sus variantes- en dos grandes bloques: 1. Los sistemas mayoritarios que sobrerrepresentan a los ganadores para consolidar mayorías parlamentarias disminuyendo la presencia de oposición; 2. Los sistemas de representación proporcional que intentan garantizar que todas las fuerzas políticas -si cuentan con los votos- puedan tener presencia en los cuerpos deliberantes.
Desde 1958, Venezuela ha tenido 15 leyes electorales. En todas se ha garantizado el principio de representación proporcional, incluso en la Constitución vigente este concepto está presente en los artículos 63 y 293. Sin embargo, la Ley Orgánica de Procesos Electorales -que derogó a la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política- aprobada en julio de 2009 con el voto de diputados del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) y del Partido Comunista impone en el país un sistema electoral segmentado -artículo 9 de la referida ley- que provoca que el chavismo esté sobrerrepresentado en la nueva AN.
En un sistema electoral proporcional, si una fuerza política obtiene 52% de los sufragios debería obtener, aproximadamente, 52% de las curules. Hace una semana, la alianza electoral del PSUV, Partido Comunista y otras organizaciones recibió 5.461.422 votos (48,5%) que le valieron adjudicarse 98 diputados (59%). 

¿Por qué ocurre? Aunque la opinión pública considera que el cambio de las circunscripciones de votación -facilitado por la nueva Ley Electoral- es la principal causa de la sobrerrepresentación, la modificación de los circuitos de votación en los estados Amazonas, Barinas, Carabobo, Lara, Miranda, Táchira y Zulia apenas tiene un efecto global de tres diputados adicionales para el chavismo (ver infografía anexa) El gerrymandering -modificación de circunscripciones para beneficiar a una tendencia política específica- tiene poco impacto para explicar la diferencia de 31 diputados entre chavismo y oposición.
Si el impacto se analiza por entidad la redistribución de las circunscripciones restó dos diputados a la oposición en Distrito Capital, dos en Carabobo y uno en Táchira; sin embargo -como el sistema beneficia al que es mayoría porque lo sobrerrepresenta- le permitió ganar curules adicionales en Lara y Zulia
La variación en la cantidad de diputados que integran la Asamblea Nacional -disminuyó de 167 a 165 diputados- también afectó a la oposición. Uno de esos diputados adicionales se escogía en el estado Miranda. Por la votación del domingo esa curul le correspondería a la oposición.

El efecto PPT 
Redistribuir las circunscripciones empleadas el domingo sirve para demostrar la escasa proporcionalidad de la elección.
Por ejemplo, si el CNE hubiese eliminado las 19 circunscripciones plurinominales -elegían hasta 3 diputados- construyendo sólo circunscripciones uninominales -eligen a un solo diputado- los técnicos de Ojo Electoral calculan que por la votación obtenida el 26 de septiembre le corresponderían hasta 74 diputados a la alianza de la MUD, 4 curules serían para PPT y dos más para diputados indígenas. En total la adjudicación definitiva de las elecciones sería: 85 diputados para el oficialismo y 80 para sus adversarios políticos.
Sin embargo, la principal variable para explicar los resultados se encuentra en la sobrerrepresentación de los estados menos poblados del país en la Asamblea Nacional. En la literatura electoral se conoce a este efecto como malapportionment. Según los resultados del 26 de septiembre el chavismo ganó en todos los estados que están sobrerrepresentados con la excepción de Nueva Esparta.
Si se compara el promedio de votos de los diputados del PSUV con el de la oposición -sumando en este cálculo a la MUD, PTT y partidos regionales fuera de las alianzas- mientras cada curul del chavismo se obtuvo con 55.096 votos, la oposición necesitó de hasta 86.851 sufragios para poder ganar un parlamentario. No obstante, la sobrerrepresentación no es consecuencia directa de la Lopre -aunque sirvió para incrementarla-. Una de las causas a este problema se encuentra en la eliminación de la Cámara del Senado de la Constitución aprobada en 1999, en la que todos los estados estaban igualmente representados, además de la nueva Ley Electoral.
Por ejemplo, si se emplearan los criterios de elección del antiguo Senado a la votación lista obtenida por las alianzas el 26 de septiembre, el PSUV tendría 24 senadores, la oposición 22 y PPT alcanzaría una curul.
El cambio del sistema electoral proporcional por uno mayoritario, unido a la modificación de las circunscripciones en los estados en los cuales la oposición es mayoría -o está cerca de serlo- explica la diferencia de 31 diputados entre los bloques, aunque existe paridad en la cantidad de votos obtenidos.

Sin representación proporcional desde 1999
En los últimos 10 años la representación proporcional ha sido irrespetada. Aunque la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política -derogada en julio de 2009- la consagraba, los resultados electorales demuestran que los partidos -con la anuencia del TSJ y CNE- lograron evitar que se respetara, lo que contribuyó a quitarle cargos a los partidos minoritarios y regionales.
Por ejemplo, para la elección de la Asamblea Nacional Constituyente en 1999 los candidatos del chavismo capitalizaron 62% de los votos y obtuvieron 94,53% de las curules. Durante las elecciones regionales del año 2004 se le adjudicaron a la oposición 34% de los puestos en los parlamentos regionales, cuando por su votación le correspondían 56%.
Para las elecciones locales del año 2005, la morocha UVE-MVR capitalizó 164% de cargos adicionales en detrimento de las minorías del chavismo y de la oposición. Una situación similar se presentó en las elecciones regionales del año 2008, cuando la técnica de las morochas otorgó al chavismo 33% de cargos adicionales.
Salvo en el caso de la elección para la ANC en la que se empleó un sistema mayoritario, en el resto de procesos comiciales se desconoció la distribución proporcional consagrada en la ley.
Los resultados del domingo pasado (ver infografía anexa) demuestran cómo los partidos más pequeños, que estuvieron fuera de las dos grandes alianzas, hubiesen podido tener presencia en el Parlamento si la nueva Ley Electoral no impusiera un sistema de sobrerrepresentación de mayorías en el país.