La postulación de candidaturas para las elecciones a la Asamblea Nacional se realizará desde hoy hasta el viernes 7 de agosto.

En esta semana podrán postular aspirantes las organizaciones con fines políticos (nacionales o regionales), los grupos de electores (nacionales o regionales) y las comunidades u organizaciones indígenas. Adicionalmente podrán presentarse por iniciativa propia los ciudadanos que cumplan con la cantidad mínima de firmas requeridas por el CNE para avalar la candidatura.

En las elecciones legislativas del 6 de diciembre los venezolanos deben elegir a 167 parlamentarios. De éstos 113 son nominales y se escogen votando en 87 circunscripciones por el nombre y apellido de los candidatos. Otros 51 candidatos son tipo lista y se escogen en los estados votando por la tarjeta de los partidos políticos. Los otros 3 serán representantes de las comunidades indígenas.

Según el artículo 188 de la Constitución Nacional y el Artículo 113 del reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales los requisitos de elegibilidad que deben cumplir los postulados son: Ser venezolano por nacimiento o por naturalización con, por lo menos, 15 años de residencia en el territorio venezolano; ser mayor de 21 años a la fecha de la elección; haber residido 4 años consecutivos en la entidad federal  correspondiente, en cualquier momento antes de la elección y estar inscrito en el Registro Electoral.

En el caso de los aspirantes indígenas es necesario que los postulados ejercieran en algún momento un cargo de autoridad tradicional en su respectiva comunidad y pertenecer a una organización indígena legalmente constituida con un mínimo de tres años de funcionamiento.

 SAP impide inscripción de inhabilitados
El primer paso de la postulación consiste en el registro del aspirante a través del Sistema Automatizado de Postulaciones (SAP) Ningún ciudadano que sea catalogado con el código 7 (inhabilitado político) o con el código 8 (inhabilitado político) podrá postularse a cargos de elección popular.

Si se intena registrar la candidatura de un ciudadano identificado con estos cógidos el sistema desplegará una ventana emergente advirtiendo de la existencia de un “error” y recordando que “no se puede postular a una persona que se encuentre inhabilitada”.

Según el cronograma de los comicios parlamentarios la subsanación de los recaudos que deben presentar los candidatos culminará el 9 de agosto, prolongándose hasta el 12 de agosto la admisión, rechazo o declaratoria de no presentación de la candidatura. Los recursos en contra de las candidaturas podrán presentarse entre el 5 y 17 de agosto, mientras los rectores del CNE tendrán hasta el 12 de septiembre para decidir si aceptan o no las candidaturas que sean impugnadas.

Seis estatus para las postulaciones
En el SAP existirán seis estatus distintos para cada postulación.  El primer estatus se denomina “Internet”, y significa que la solicitud de postulación fue registrada en el SAP y no ha sido consignada ante la Junta Regional Electoral (JRE) correspondiente. El siguiente estatus es el de “recibida”, el cual significa que el aspirante no consignó todos los recaudos necesarios ante la JRE. El tercer estatus se llama “presentada” y significa que el postulante consignó los recaudos completos ante la JRE y se encuentra en espera de la decisión sobre su procedencia. El estatus definitivo es el de “admitida”, que implica que la postulación cumplió con todos los requisitos exigidos en la Ley. Existen además dos estatus adicionales: Rechazada, cuando la postulación no cumplió con los requisitos y “No presentada”, que implica que la postulación no subsanó los recaudos faltantes en el lapso previsto.

Paridad relativa
La cuota de género para las elecciones parlamentarias solo se cumplirá en las circunscripciones en donde no se realizaron primarias y en las listas estadales de candidatos, esto significa que en el caso de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) que solo realizó primarias en 33 circunscripciones, debe garantizar la paridad en 54 circunscripciones, jurisdicciones en las que debe presentar a 73 candidaturas principales con sus respectivos suplentes. En concreto para cumplir con la norma de paridad la MUD debe postular a 29 mujeres como candidatos principales y a 29 mujeres como candidatos suplentes.

Por su parte el PSUV, al realizar primarias en las 87 circunscripciones, no deberá cumplir con la paridad de género en las psotulaciones que realice en estas jurisdicciones; no obstante, si deberá hacerlo –al igual que la MUD- en las listas estadales en las cuales deberá incluir, al menos, a 10 mujeres entre los dos primeros lugares de cada lista (puestos salidores), dejando a 30 o más mujeres a partir del tercer lugar de cada lista (puestos de suplentes).