El Consejo Nacional Electoral (CNE) desestimó el proyecto de Ley Orgánica de Referendos aprobada en primera discusión por la Asamblea Nacional bajo el argumento que corresponde al organismo comicial la exclusividad legislativa en la redacción de normas electorales y de consultas populares.

En una misiva remitida por la presidente del CNE Tibisay Lucena a la Asamblea Nacional se indica que la Ley de Referendo promovida desde la Comisión de Política Interior del Parlamento “no se apega a lo establecido en el artículo 204 numeral 6 de la Constitución Nacional”, desde esta perspectiva para la autoridad electoral la norma tramitada está “fuera del marco constitucional”.

Además la presidenta del CNE desestimó la necesidad de la redacción de una ley de referendo en vista de la “eficacia de los instrumentos normativos usados hasta la fecha” para garantizar la participación popular.

En este sentido, la postura de la presidenta del CNE es clara: el proyecto de Ley Orgánica de Referendo que está siendo discutido se encuentra al margen de la Constitución, pues el CNE no tuvo la iniciativa legislativa.

Según esta intepretación del CNE al contenido del artículo 204 de la CRBV el Parlamento Nacional esta impedido constitucionalmente de proponer directamente anteproyectos de ley en materia electoral o de referendos porque esta competencia es exclusiva del organismo comicial.

En caso que esta interpretación del CNE al contenido del artículo 204 de la CRBV sea correcta significaría que el organismo comicial incurrió en una mora legislativa de 17 años en la redacción de la Ley de Referendo, los 10 últimos año bajo la presidencia de Lucena.

Por otra parte, también supondría que la actual Ley de Procesos Electorales (Lopre) fue aprobada por la Asamblea Nacional en el año 2009 violando la Constitución Nacional. La actual ley electoral fue promovida hace siete años por iniciativa de la Comisión de Política Interior del Parlamento, presidida en aquel momento por el diputado (Psuv) Darío Vivas, desestimando la opinión del organismo comicial. Al aprobarse este instrumento legal se derogó el Estatuto Electoral del Poder Público sancionado por la Asamblea Nacional Constituyente en el 2000 y la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política del año 1998.

 

Carta enviada por la presidenta del CNE Tibisay Lucena al presidenta de la Asamblea Nacional Henry Ramos Allup sobre exclusividad legislativa del organismo comicial para las normas electorales y Ley de Referendo.

 

 

 

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