Al fin, le gané uno al banco. Seguro que ahora si encuentran la manera de evitar el fraude masivo de tarjetas…
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo dictó una sentencia que invierte la carga de la prueba en el caso de reclamos por clonaciones o fraude. Es decir. Ahora, al que le clonen su tarjeta no tendrá que demostrarle al banco que lo robaron o lo estafaron para que el banco le reembolse el dinero.
La referida sentencia indica: “los cargos producto de la utilización de la tarjeta por personas diferentes al tarjetahabiente no se cobrarán a éste a menos que se compruebe su culpabilidad en el hecho”.
No obstante, en la sentencia se le da un respiro al banco y se precisa: “se considerará negligencia, y por tanto culpa del tarjetahabiente, no denunciar de inmediato el extravío o pérdida de la tarjeta de crédito”
Además el TSJ prohibió los cargos de intereses sobre intereses y la Superintendencia de Bancos determinará, en caso de que el tarjetahabiente lo solicite, si ha sido víctima de esta práctica y, de ser así, la institución financiera tendrá que reponer el dinero obtenido por esta vía.
El cobro de comisiones por mantenimiento, renovación y emisión de estados de cuenta queda eliminado, ya que en opinión de los magistrados son costos que debe cubrir el banco.
Por último, la sentencia dle TSJ prohibe el uso abusivo de llamadas telefónicas para cobrar coutas pendientes.
“Queda prohibida la utilización de mensajes telefónicos reiterados y practicados entre las 6 de la tarde y las 7 de la mañana”, señalan los magistrados.