La decisión de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia de ordenar la reinscripción de todos los partidos políticos del país (con la excepción de la Mesa de la Unidad Democrática y del Partido Socialista Unido de Venezuela) dará oportunidad al Consejo Nacional Electoral (CNE) para probar un nuevo mecanismo que permita constara la identidad de las personas que avalen la constitución de organizaciones políticas o que soliciten la activación de mecanismos de participación popular.

En sentencia de la Sala Electoral del pasado 6 de enero se ordena a los rectores del CNE a que acaten el contenido del artículo 67 de la Constitución Nacional, y de los artículos 10, 16 y 25 de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones lo que implica que todas las organizaciones políticas que dejaron de participar con sus logos y colores en los comicios parlamentarios del 6 de diciembre (como Acción Democrática, Primer Justicia, Un Nuevo Tiempo, Voluntad Popular, La Causa R, etc.) o que no obtuvieron, al menos, el uno por ciento (1%) de los votos válidos emitidos en 12 estados deberán reinscribirse ante el organismo comicial.

Para cumplir con la exigencia de relegitimación de los partidos políticos los magistrados de la Sala Electoral del TSJ otorgaron a los rectores del CNE un plazo de 60 días para que regular la verificación de la nómina de inscritos de cada organización, para lo cual deberá actualizar las normas sobre renovación de las organizaciones e implementar  mecanismos de seguridad (electrónica e informática) sobre la verificación de la manifestación de voluntad de los inscritos en los mismos, atendiendo a los requisitos señalados en el artículo 30 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

Básicamente para que partido político que no participó el 6D o dejó de obtener el 1% de los votos pueda relegitimarse ante el CNE es necesario que entregue, entre otros recaudos, la nómina de los integrantes del partido en número no inferior al 0,5% de la población inscrita en el Registro Electoral en por lo menos 12 estados y la manifestación de voluntad de los integrantes del partido de pertenecer a él.

No obstante, el proyecto de reglamento para verificar la nómina de inscritos de cada partido político contempla un proceso de validación de identidad que –desde la perspectiva de técnicos electorales de organizaciones políticas- es inviable y podría provocar que no cumplan con los requisitos para ser ratificados y reconocidos por el organismo comicial.

Según el proyecto discutido por los rectores electorales en las próximas semanas el CNE publicaría avisos de prensa indicando a las 62 organizaciones políticas que no presentaron el 6 de diciembre o si lo hicieron no obtuvieron 1% de los votos que deben iniciar al proceso de renovación de su nómina de inscritos.

Para este proceso de renovación el CNE otorgará un plazo de cuatro semanas para que los partidos políticos indiquen los 12 estados en los que se deben demostrar la identidad de sus afiliados. Durante este lapso deben consignar ante las autoridades electorales de cada entidad la nómina de militantes especificando sus nombres y apellidos, edad, domicilio, Cédula de Identidad y datos de contactos.

En el proyecto discutido por los rectores del organismo comicial se indica que el CNE habilitará en la capital de los municipios centros de votación u oficinas públicas, dotados con personal CNE y capta huellas, para que las organizaciones políticas trasladen a sus adherentes para que coloquen sus huellas en los dispositivos biométricos de identificación (captahuellas) y firmen su adhesión al partido, todo durante un lapso máximo de 30 días.

Culminado este proceso el CNE verificará que los firmantes aparezcan en las nóminas de solo una organización. Los partidos que alcancen a demostrar con este proceso que tienen adherentes equivalentes a 0,5% del Registro Electoral en, al menos, 12 estados, serán renovados, mientras en caso contrario perderán el reconocimiento como organización política, y el uso de sus logos y colores característicos.

El procedimiento ideado por el CNE provocó que los partidos políticos solicitaran a los rectores la posibilidad de que las máquinas captahuellas fueran colocadas en plazas publicas de ciudades del interior del país (para evitar lo complejo y costoso del traslado en horario de oficina a la capital de algunos estados), que se permitiese llevar a cualquier ciudadano a firmar, sin estar registrado previamente en una nómina y que la nómina fuese acumulada hasta alcanzar la cantidad de adherentes requerida por la Ley y luego se realizaran las verificaciones correspondientes.

Todas estas peticiones fueron rechazados por los rectores electorales.

Según Vicente Bello representante del partido Un nuevo Tiempo ante el CNE el procedimiento ideado por el organismo comicial, así como la negativa de los rectores para aceptar las peticiones de las organizaciones políticas, “hace muy difícil por no decir casi imposible que partidos diferentes al oficialismo puedan renovar su nómina”.

Bello advierte que el procedimiento implica “una fuerte dificultad, así como un elevado costo (…) es necesario contratar transporte para movilizar hasta los locales establecidos por el CNE, y cuando los empleados del organismo falten, lleguen tarde o exista cualquier otra excusa, el partido perderá el dinero y esfuerzo invertido”.

Además sostiene que la decisión del TSJ junto al procedimiento ideado por el CNE “niega la posibilidad de que alguien pueda decidir cambiar de partido libremente”.

Para Bello, resulta obvio que la decisión del máximo tribunal está orientada a provocar que “solo exista el partido único del oficialismo

“El CNE bloquea la libre participación en un momento de crisis política –advierte Bello- cuando la mayoría de los venezolanos apuestan a la búsqueda de una salida democrática, electoral, el CNE se empeña en cerrar y dificultar la participación, paradójico el camino que dificulta el organismo comicial, cuando debería ser todo lo contrario”.