La saliente Asamblea Nacional no aprobó créditos adicionales en el año 2016. Lo que sí hizo fue sancionar las “Condiciones Financieras de las Operaciones de Crédito Público” establecidas en la Ley Especial de Endeudamiento Anual (LEEA), es decir, lo que se discutió y aprobó durante la reunión celebrada el 4 de enero, fue la forma de pago del endeudamiento ya contraído en la LEEA 2016, por un monto de 200 mil millones de bolívares.

Dichos recursos no aumentan el presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal 2016 y que los mismos serán destinados para lo que se estableció en la ya aprobada ley de endeudamiento del 2016.

En ese sentido vale destacar que según el Reglamento N° 2 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema de Crédito Público, se entiende por condiciones financieras “los términos por los que estará regida la negociación, en tal sentido en las operaciones de crédito público las condiciones financieras podrán definirse por plazo o tenor, período de pago y vencimiento, precios y rendimientos, cupón o tasa de interés, base y regla de cálculo, monto, moneda, primas, impuestos, comisiones y gastos, amortizaciones, tramos, períodos de gracia, condiciones de pago y pagos especiales, desembolsos, entre otras. Los términos a considerar en las condiciones financieras se ajustan de acuerdo con el tipo de operación de crédito público.”